Certificado de donación

El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo publicado en el BOE de 6 de mayo de 2020 incluye una modificación del artículo 19 de la Ley 49/2002 que incrementa en cinco puntos porcentuales las deducciones por donaciones a ONG. Las deducciones quedan así:

  • Si eres persona física: Deducción de la cuota íntegra del impuesto sobre la renta de las personas físicas por importe del 80% de tu donativo hasta 150€. A partir de esa cantidad la deducción será del 35% o 40% si llevas colaborando con nosotros al menos tres años seguidos, con un limite del 10% de la base imponible.
  • Si eres persona jurídica: Deducción de la cuota íntegra del impuesto sobre sociedades del 35% del importe de la donación. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un limite del 10% de la base imponible.

Personas FísicasPersonas Jurídicas
Primeros 150 €80%
Resto35%
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€* 40%

Donaciones en general

35%
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) *
40%
Límite deducción base liquidable10%10%

*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

Por esto es muy importante, que cuando se realice el donativo en especie, se adjunte la valoración económica (valor contable) del mismo, para poder emitir el correspondiente certificado a la recepción del mismo.

A principio de cada año te enviaremos el certificado con el donativo que hiciste durante el año anterior.